Los titulares de Permanencia Transitoria no pueden realizar actividades remuneradas. Sólo y de manera excepcional, el Servicio previa solicitud, podrá autorizar un permiso de Permanencia Transitoria para realizar actividades específicas y esporádicas respecto de las cuales perciba remuneraciones.
Autorización para trabajar con Permanencia Transitoria
Los titulares de permisos de Permanencia Transitoria no podrán realizar actividades remuneradas. Excepcionalmente, podrán solicitar al Servicio Nacional de Migraciones una autorización para ejecutar dichas labores quienes requieran realizar actividades específicas y esporádicas, y que como consecuencia directa de éstas perciban remuneraciones o utilidades económicas en Chile o en el extranjero.
¿A quién está dirigido?
A cualquier solicitante que cumpla con los requisitos y que ingrese con Permanencia Transitoria.
¿Qué vigencia tiene?
Según lo estipulado en el contrato de trabajo vigente.
Nuestra diferencia es que estamos convencidos de que un factor fundamental en la gestión de una labor exitosa es el compromiso con el problema de nuestro cliente. Buscamos la excelencia y los mejores resultados.
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